El control difuso en el sistema judicial mexicano
Summary: Principios básicos. Constitución. Concepto… Para poder abordar el tema es importante partir de los principios básicos que lo integran. Primeramente, el concepto de constitución, en sentido material, doctrinalmente se ha definido como el complejo de normas jurídicas fundamentales escritas o no escritas, que traza las líneas maestras de un ordenamiento jurídico. En sentido formal, conjunto de normas legislativas que ocupan una posición especial y suprema en el ordenamiento jurídico y que regulan las funciones y los órganos fundamentales del Estado… De acuerdo con el maestro Miguel Carbonell, en su libro Constitución, Reforma Constitucional y Fuentes del Derecho en México, la define como: "un modo de ordenación de la vida social en el que la titularidad de la soberanía corresponde a las generaciones vivas y en el que, por consiguiente, las relaciones entre gobernantes y gobernados están reguladas de tal modo que éstos disponen de unos ámbitos reales de libertad que les permiten el control efectivo de los titulares ocasionales del poder.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 405219 |
Principios básicos. Constitución. Concepto… Para poder abordar el tema es importante partir de los principios básicos que lo integran. Primeramente, el concepto de constitución, en sentido material, doctrinalmente se ha definido como el complejo de normas jurídicas fundamentales escritas o no escritas, que traza las líneas maestras de un ordenamiento jurídico. En sentido formal, conjunto de normas legislativas que ocupan una posición especial y suprema en el ordenamiento jurídico y que regulan las funciones y los órganos fundamentales del Estado… De acuerdo con el maestro Miguel Carbonell, en su libro Constitución, Reforma Constitucional y Fuentes del Derecho en México, la define como: "un modo de ordenación de la vida social en el que la titularidad de la soberanía corresponde a las generaciones vivas y en el que, por consiguiente, las relaciones entre gobernantes y gobernados están reguladas de tal modo que éstos disponen de unos ámbitos reales de libertad que les permiten el control efectivo de los titulares ocasionales del poder.
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