Responsabilidad patrimonial del Estado. Interpretación de la SCJN del artículo 113 constitucional
Summary: A pesar de la reforma constitucional en 2002 del artículo ciento trece de la CPEUM, cuyo objeto fue sentar las bases de un sistema de responsabilidad patrimonial del Estado para elevar la calidad de la Administración Pública, hoy es prácticamente letra muerta. Los intentos por legislar este sistema han resultado ineficaces… La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, discutió en sesiones plenarias el veintiocho, veintinueve de enero y siete de febrero de 2008 la acción de inconstitucionalidad cuatro,2004 promovida por diputados de la Tercera Legislatura de la Asamblea de Representantes. Los diputados denunciaron la invalidez de los artículos trecientos ochenta y nueve, trecientos noventa y uno y trecientos noventa y dos del Código Financiero del Distrito Federal que regulan la responsabilidad objetiva de las autoridades del Distrito Federal y el procedimiento para reclamar la reparación del daño. Al resolver la acción de inconstitucionalidad, la SCJN estableció un nuevo criterio de interpretación de la responsabilidad patrimonial del Estado prevista en el artículo ciento trece constitucional…Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 404236 |
A pesar de la reforma constitucional en 2002 del artículo ciento trece de la CPEUM, cuyo objeto fue sentar las bases de un sistema de responsabilidad patrimonial del Estado para elevar la calidad de la Administración Pública, hoy es prácticamente letra muerta. Los intentos por legislar este sistema han resultado ineficaces… La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, discutió en sesiones plenarias el veintiocho, veintinueve de enero y siete de febrero de 2008 la acción de inconstitucionalidad cuatro,2004 promovida por diputados de la Tercera Legislatura de la Asamblea de Representantes. Los diputados denunciaron la invalidez de los artículos trecientos ochenta y nueve, trecientos noventa y uno y trecientos noventa y dos del Código Financiero del Distrito Federal que regulan la responsabilidad objetiva de las autoridades del Distrito Federal y el procedimiento para reclamar la reparación del daño. Al resolver la acción de inconstitucionalidad, la SCJN estableció un nuevo criterio de interpretación de la responsabilidad patrimonial del Estado prevista en el artículo ciento trece constitucional…
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