Delimitación del plazo para revisión de contratos colectivos : propuesta
In: Laboral 10, 111 (dic. 2001), 56-58Summary: En México, la huelga como un derecho de los trabajadores coligados sufrió, como casi todos los fenómenos colectivos del trabajo, un desconocimiento del Estado y, por tanto, resintió la libre represión cuando no estaba regulada, y cuando ya estaba pasó una situación de prohibición por considerarla de tipo penal, cuando se ejecutaba con violencia o cuando pretendía modificar los salarios (escasos), o las jornadas (inhumanas), por contrariar con ello la libertad de comercio.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 402715 |
En México, la huelga como un derecho de los trabajadores coligados sufrió, como casi todos los fenómenos colectivos del trabajo, un desconocimiento del Estado y, por tanto, resintió la libre represión cuando no estaba regulada, y cuando ya estaba pasó una situación de prohibición por considerarla de tipo penal, cuando se ejecutaba con violencia o cuando pretendía modificar los salarios (escasos), o las jornadas (inhumanas), por contrariar con ello la libertad de comercio.
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