Impuesto sustitutivo del crédito al salario para el 2002
In: Laboral 10, 114 (mar. 2002), 5-15Summary: Parece ser que las consecuencias del impuesto sustitutivo del crédito al salario (ISCS) no sólo afectarán a los patrones, sino también a los trabajadores, provocando con ello distorsiones en sus relaciones laborales. De aquí la importancia de visualizar no sólo los aspectos fiscales, sino aquellos que tienen que ver con la percepción real que recibirá el trabajador durante 2002 reflejado en las nóminas.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 400500 |
Parece ser que las consecuencias del impuesto sustitutivo del crédito al salario (ISCS) no sólo afectarán a los patrones, sino también a los trabajadores, provocando con ello distorsiones en sus relaciones laborales. De aquí la importancia de visualizar no sólo los aspectos fiscales, sino aquellos que tienen que ver con la percepción real que recibirá el trabajador durante 2002 reflejado en las nóminas.
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