La Notificación Personal Según la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Summary: El artículo treinta y cinco de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo contempla la manera en que debe practicarse la notificación de los actos administrativos. En este aspecto destaca que la notificación de citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitud de informes, de documentos y de resoluciones administrativas definitivas, puede hacerse de manera personal, mediante oficio o por edicto, artículo que es específico y consecuentemente a dichas modalidades debe limitarse la notificación de los actos administrativos regulados por la Ley citada.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 390810 |
El artículo treinta y cinco de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo contempla la manera en que debe practicarse la notificación de los actos administrativos. En este aspecto destaca que la notificación de citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitud de informes, de documentos y de resoluciones administrativas definitivas, puede hacerse de manera personal, mediante oficio o por edicto, artículo que es específico y consecuentemente a dichas modalidades debe limitarse la notificación de los actos administrativos regulados por la Ley citada.
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