La responsabilidad civil objetiva del Estado. ¿Garantía ciudadana o soga para el Estado?
Summary: Existe consenso en que uno de los pilares del Estado de derecho es la responsabilidad de los servidores y de la administración públicos. La responsabilidad es, bajo este criterio, el mecanismo de cierre del sistema de protección de garantías de los ciudadanos frente a la acción del poder público administrativo y, en principio, todo paso que contribuya a afianzarlo debe ser bien visto… Históricamente, en la evolución del Estado, han existido cuatro regímenes de responsabilidad civil extracontractual: uno, según la doctrina de la inmunidad de jurisdicción, el Estado no era responsable por los daños que se causase a los particulares. El origen de esta doctrina estaba en la idea que el soberano establecía el derecho pero no estaba sujeto a él. Dos, un segundo sistema distinguió entre los actos de autoridad, en los que se manifiesta el poder soberano del Estado, y en consecuencia no le generaba responsabilidad, y los actos de gestión que sí generaban responsabilidad…Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 372019 |
Existe consenso en que uno de los pilares del Estado de derecho es la responsabilidad de los servidores y de la administración públicos. La responsabilidad es, bajo este criterio, el mecanismo de cierre del sistema de protección de garantías de los ciudadanos frente a la acción del poder público administrativo y, en principio, todo paso que contribuya a afianzarlo debe ser bien visto… Históricamente, en la evolución del Estado, han existido cuatro regímenes de responsabilidad civil extracontractual: uno, según la doctrina de la inmunidad de jurisdicción, el Estado no era responsable por los daños que se causase a los particulares. El origen de esta doctrina estaba en la idea que el soberano establecía el derecho pero no estaba sujeto a él. Dos, un segundo sistema distinguió entre los actos de autoridad, en los que se manifiesta el poder soberano del Estado, y en consecuencia no le generaba responsabilidad, y los actos de gestión que sí generaban responsabilidad…
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