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"Viejos" y "nuevos" derechos del niño : un enfoque teórico

By: Subject(s): In: Isonomía 31 (oct. 2009), 21-46Summary: Este artículo analiza algunos problemas teóricos que se han suscitado a raíz del proceso de "especificación" de los derechos humanos en relación con el sujeto menor de edad. Con ese fin, la autora toma en consideración tanto los "viejos" derechos del niño, es decir, los primeros derechos que históricamente han obtenido reconocimiento en el plan jurídico, como la categoría de los así llamados "nuevos" derechos, adscritos al niño por la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989. Los primeros se refieren a derechos de prestación (como el derecho a la salud o a la educación), su contenido está determinado por deberes "positivos" a cargo de terceros; en cambio, los nuevos derechos se refieren al disfrute de algunas esferas de libertad (como la libertad de expresión, de pensamiento, conciencia y religión y el derecho a la protección de la vida privada), las cuales son generalmente entendidas como objeto de derechos "negativos". En ambos casos, el objetivo es resaltar como la relación entre niños y derechos, si bien ésta puede ser problemática, es, al mismo tiempo, útil desde un punto de vista teórico, en cuanto permite poner en entredicho la concepción liberal de los derechos humanos, al menos en su versión más tradicional, mostrando, al mismo tiempo, ciertos límites y descuidos.
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Analítica Biblioteca Legislativa Hemeroteca Available 371142

Este artículo analiza algunos problemas teóricos que se han suscitado a raíz del proceso de "especificación" de los derechos humanos en relación con el sujeto menor de edad. Con ese fin, la autora toma en consideración tanto los "viejos" derechos del niño, es decir, los primeros derechos que históricamente han obtenido reconocimiento en el plan jurídico, como la categoría de los así llamados "nuevos" derechos, adscritos al niño por la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989. Los primeros se refieren a derechos de prestación (como el derecho a la salud o a la educación), su contenido está determinado por deberes "positivos" a cargo de terceros; en cambio, los nuevos derechos se refieren al disfrute de algunas esferas de libertad (como la libertad de expresión, de pensamiento, conciencia y religión y el derecho a la protección de la vida privada), las cuales son generalmente entendidas como objeto de derechos "negativos". En ambos casos, el objetivo es resaltar como la relación entre niños y derechos, si bien ésta puede ser problemática, es, al mismo tiempo, útil desde un punto de vista teórico, en cuanto permite poner en entredicho la concepción liberal de los derechos humanos, al menos en su versión más tradicional, mostrando, al mismo tiempo, ciertos límites y descuidos.

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