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Unificación de cédula y credencial

By: Summary: Si para el país y la ciudadanía es conveniente y pertinente unificar la cédula de identidad ciudadana y la credencial de elector con fotografía, para los partidos políticos esta medida es indispensable. El artículo cuarenta y uno de la Constitución señala que el financiamiento público para los partidos se determina, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el sesenta y cinco por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal. Y como la disminución del padrón implica una reducción de recursos, y en virtud de que el riesgo de que esto ocurra aumenta con dos instrumentos de identificación, es el financiamiento público de los partidos el factor que garantiza la unificación… Por eso puede preverse que la Secretaría de Gobernación y el Instituto Federal Electoral llegarán a un acuerdo para expedir un documento único, y que los legisladores realizarán las reformas legales requeridas en por lo menos tres ordenamientos: Ley General de Población, LGP, Reglamento de la Ley General de Población, RLGP, y Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, Cofipe.
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Si para el país y la ciudadanía es conveniente y pertinente unificar la cédula de identidad ciudadana y la credencial de elector con fotografía, para los partidos políticos esta medida es indispensable. El artículo cuarenta y uno de la Constitución señala que el financiamiento público para los partidos se determina, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el sesenta y cinco por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal. Y como la disminución del padrón implica una reducción de recursos, y en virtud de que el riesgo de que esto ocurra aumenta con dos instrumentos de identificación, es el financiamiento público de los partidos el factor que garantiza la unificación… Por eso puede preverse que la Secretaría de Gobernación y el Instituto Federal Electoral llegarán a un acuerdo para expedir un documento único, y que los legisladores realizarán las reformas legales requeridas en por lo menos tres ordenamientos: Ley General de Población, LGP, Reglamento de la Ley General de Población, RLGP, y Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, Cofipe.

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