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Los jueces de ejecución de penas

By: Summary: Al estado actual que conserva nuestro derecho penitenciario mexicano, podemos decir que la intervención del poder jurisdiccional en la ejecución de las penas es casi nula y los detenidos se encuentran totalmente olvidados y por consecuencia sus derechos subjetivos por no ser reconocidos por la propia constitución vienen a ser pisoteados continuamente por la administración penitenciaria. A nivel federal existe hoy el Acuerdo 15/97 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que obliga a los Jueces de Distrito a visitar las prisiones con dos objetivos: a) Para escuchar quejas contra los defensores de oficio o el Ministerio Público. b) A fin de informar a sus procesados sobre el estado que guarda la causa penal que se les sigue en su juzgado.
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Al estado actual que conserva nuestro derecho penitenciario mexicano, podemos decir que la intervención del poder jurisdiccional en la ejecución de las penas es casi nula y los detenidos se encuentran totalmente olvidados y por consecuencia sus derechos subjetivos por no ser reconocidos por la propia constitución vienen a ser pisoteados continuamente por la administración penitenciaria. A nivel federal existe hoy el Acuerdo 15/97 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que obliga a los Jueces de Distrito a visitar las prisiones con dos objetivos: a) Para escuchar quejas contra los defensores de oficio o el Ministerio Público. b) A fin de informar a sus procesados sobre el estado que guarda la causa penal que se les sigue en su juzgado.

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