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Facultad de investigación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

By: Summary: En el presente trabajo pretendo plasmar algunas inquietudes que tengo en relación con la facultad de investigación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, prevista en el párrafo segundo del artículo 97 de la Constitución federal. Esta facultad ha sido seriamente criticada por diversos estudiosos del tema; incluso, algunos autores, como el doctor Jaime Aller Campuzano, sugieren que pese a ser competencia de la Comisión Nacional de derechos Humanos, por lo que sugieren suprimir el párrafo segundo del numeral en cita, y pasarlo al 102 del mismo ordenamiento supremo, que regula a dicho ombusman.
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En el presente trabajo pretendo plasmar algunas inquietudes que tengo en relación con la facultad de investigación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, prevista en el párrafo segundo del artículo 97 de la Constitución federal. Esta facultad ha sido seriamente criticada por diversos estudiosos del tema; incluso, algunos autores, como el doctor Jaime Aller Campuzano, sugieren que pese a ser competencia de la Comisión Nacional de derechos Humanos, por lo que sugieren suprimir el párrafo segundo del numeral en cita, y pasarlo al 102 del mismo ordenamiento supremo, que regula a dicho ombusman.

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