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Estocada a la Ley Televisa: Javier Corral

By: In: Zócalo. Comunicacion Política Sociedad 7, 88 (Jun. 2007), 8-10Summary: En la última sesión de mayo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó, en votación preeliminar, el carácter inconstitucional del artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión, impugnado por senadores de la pasada Legislatura, y que permite a los concesionarios de radio y televisión el refrendo automático de sus concesiones y el no pago de contraprestaciones al Estado. Ese artículo es uno de los dos objetivos fundamentales de la acción de inconstitucionalidad promovida por cuarenta y siete senadores en mayo de 2006, y su rechazo es un golpe a las intenciones de Televisa que pretende, asegurar el dominio del espectro radioeléctrico; asegura Javier Corral jurado, el principal impugnador de la llamada Ley Televisa. Hay un avance hacia la desarticulación de la ley, pero falta lo principal, la inconstitucionalidad del artículo 28: La Corte, asegura, tiene en este tema una, responsabilidad histórica. Para el redactor de la acción de inconstitucionalidad, Alejandro Madrazo Lajous, la votación de la Corte fue un gran éxito, por, la aportación verdaderamente vigorosa y robustecedora del proyecto, al invocarse los derechos a la información, a la libertad de expresión, la igualdad jurídica, la rectoría económica del Estado y el dominio directo sobre el espectro radioeléctrico. Declararon inconstitucional el refrendo automático de las concesiones. Esa votación no es todo, pero sí es muy importante... Para la ex senadora Dulce María Sauri Riancho, después de reformada la ley, los concesionarios tendrán que ir a una licitación cuando se venza su concesión, en condiciones de igualdad con aquellos que aspiren a obtenerla, y no con un trato de privilegio.
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En la última sesión de mayo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó, en votación preeliminar, el carácter inconstitucional del artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión, impugnado por senadores de la pasada Legislatura, y que permite a los concesionarios de radio y televisión el refrendo automático de sus concesiones y el no pago de contraprestaciones al Estado. Ese artículo es uno de los dos objetivos fundamentales de la acción de inconstitucionalidad promovida por cuarenta y siete senadores en mayo de 2006, y su rechazo es un golpe a las intenciones de Televisa que pretende, asegurar el dominio del espectro radioeléctrico; asegura Javier Corral jurado, el principal impugnador de la llamada Ley Televisa. Hay un avance hacia la desarticulación de la ley, pero falta lo principal, la inconstitucionalidad del artículo 28: La Corte, asegura, tiene en este tema una, responsabilidad histórica. Para el redactor de la acción de inconstitucionalidad, Alejandro Madrazo Lajous, la votación de la Corte fue un gran éxito, por, la aportación verdaderamente vigorosa y robustecedora del proyecto, al invocarse los derechos a la información, a la libertad de expresión, la igualdad jurídica, la rectoría económica del Estado y el dominio directo sobre el espectro radioeléctrico. Declararon inconstitucional el refrendo automático de las concesiones. Esa votación no es todo, pero sí es muy importante... Para la ex senadora Dulce María Sauri Riancho, después de reformada la ley, los concesionarios tendrán que ir a una licitación cuando se venza su concesión, en condiciones de igualdad con aquellos que aspiren a obtenerla, y no con un trato de privilegio.

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