Photo Photo

El tribunal eclesiástico y los indios en el Arzobispado de México, hasta 1630

By: In: Historia mexicana 51, 3 (ene-mar. 2002), 485-516Summary: Los obispos y arzobispos de la provincia eclesiástica de México tuvieron jurisdicción plena sobre los indígenas, por lo que en sus tribunales se conocieron los delitos en materia de costumbres y los cometidos contra la fe católica. En el presente artículo estudiaremos la relación del tribunal eclesiástico del arzobispado de México con los indios y, dentro de ella, la formación del juzgado especializado en naturales hasta 1630 como resultado de una tradición judicial de más de cien años. Encontraremos que la política arzobispal estuvo orientada en lo fundamental hacia la "reforma de las costumbres" de los naturales, con el fin de lograr un conjunto de prácticas morales afines al común de los habitantes de la Nueva España. También, que no podemos afirmar la existencia de una institución inquisitorial contra los indígenas durante este tiempo, a pesar de las campañas de extirpación de idolatrías, de suyo muy limitadas jurisdiccional, espacial y temporalmente.
Star ratings
    Average rating: 0.0 (0 votes)
Holdings
Item type Current library Collection Call number Materials specified Status Date due Barcode
Revistas Biblioteca Legislativa Hemeroteca Available 319743

Los obispos y arzobispos de la provincia eclesiástica de México tuvieron jurisdicción plena sobre los indígenas, por lo que en sus tribunales se conocieron los delitos en materia de costumbres y los cometidos contra la fe católica. En el presente artículo estudiaremos la relación del tribunal eclesiástico del arzobispado de México con los indios y, dentro de ella, la formación del juzgado especializado en naturales hasta 1630 como resultado de una tradición judicial de más de cien años. Encontraremos que la política arzobispal estuvo orientada en lo fundamental hacia la "reforma de las costumbres" de los naturales, con el fin de lograr un conjunto de prácticas morales afines al común de los habitantes de la Nueva España. También, que no podemos afirmar la existencia de una institución inquisitorial contra los indígenas durante este tiempo, a pesar de las campañas de extirpación de idolatrías, de suyo muy limitadas jurisdiccional, espacial y temporalmente.

There are no comments on this title.

to post a comment.





Av. Congreso de la unión 66; Col. El Parque; Alcaldía Venustiano
Carranza; C.P. 15960 Ciudad de México; Edificio C, Nivel 2
Conmutador General: (55) 5036 0000 | Biblioteca Legislativa ext. 67018
biblioteca.legislativa@diputados.gob.mxBiblioteca General ext. 67315
biblioteca.general@diputados.gob.mx
©Honorable Cámara de Diputados