Voto en el extranjero: reforma deficiente / Jesús Cantú
In: Proceso 29, 1478 (feb. 2005), 33-34Summary: Las normas que harán posible el voto de los mexicanos en el exterior no son lo que prometen. !Por qué? Resulta que las modificaciones hechas con ese propósito a varios artículos constitucionales tienen graves inconsistencias y, es más, son hasta absurdas... El dictamen que aprobaron el martes veintidos los diputados para hacer realidad, a partir del dos de julio de 2006, el voto de los mexicanos en el extranjero, adolece al menos de cuatro graves deficiencias: contradicciones en las disposiciones respecto al manejo de los acuerdos con las autoridades de otros países; se pretende la extraterritorialidad en la aplicación de algunos preceptos; ausencia de regulación sobre las formas de fiscalizar las campañas en el exterior, así como las adecuaciones inexistentes a la Ley General del Sistema de Medios de impugnación en Materia Electoral.Las normas que harán posible el voto de los mexicanos en el exterior no son lo que prometen. !Por qué? Resulta que las modificaciones hechas con ese propósito a varios artículos constitucionales tienen graves inconsistencias y, es más, son hasta absurdas... El dictamen que aprobaron el martes veintidos los diputados para hacer realidad, a partir del dos de julio de 2006, el voto de los mexicanos en el extranjero, adolece al menos de cuatro graves deficiencias: contradicciones en las disposiciones respecto al manejo de los acuerdos con las autoridades de otros países; se pretende la extraterritorialidad en la aplicación de algunos preceptos; ausencia de regulación sobre las formas de fiscalizar las campañas en el exterior, así como las adecuaciones inexistentes a la Ley General del Sistema de Medios de impugnación en Materia Electoral.
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