La Comisión Permanente
In: Alegatos 21 (may-ago. 1992), 28-48Summary: La existencia de la Comisión Permanente como órgano del Congreso de la Unión se explica en función del hecho de que este no sesiona ininterrumpidamente todos los días del año; de que por razones de índole política se ha considerado que es necesario que entre en receso una o dos veces por año. Esto es común a todo Parlamento u órgano legislativo. De darse otro supuesto, de que la actividad del Congreso no reconociera reposo, llevaría al extremo de que se optara por la supresión de ese apéndice legislativo.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Copy number | Status | Date due | Barcode |
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Revistas | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | XX(210048.1 | 1 | Available | 210048-1001 |
La existencia de la Comisión Permanente como órgano del Congreso de la Unión se explica en función del hecho de que este no sesiona ininterrumpidamente todos los días del año; de que por razones de índole política se ha considerado que es necesario que entre en receso una o dos veces por año. Esto es común a todo Parlamento u órgano legislativo. De darse otro supuesto, de que la actividad del Congreso no reconociera reposo, llevaría al extremo de que se optara por la supresión de ese apéndice legislativo.
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