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Dignidad humana como categoría normativa en Polonia

By: Subject(s): In: Cuestiones constitucionales. Revista mexicana de derecho constitucional 14 (ene-jun. 2006), 71-90Summary: El concepto de la dignidad humana, consagrado en el artículo 30 de la Constitución polaca de 1997, es la base de su sistema jurídico en tanto es fuente de derechos y obligaciones del hombre y del ciudadano. Sin embargo, esta concepción influenciada en gran parte por la Constitución de la República Federal Alemana, no es recogida por la legislación nacional polaca, ni por las resoluciones de los Tribunales polacos, pues siguen resolviendo los asuntos con base en la dignidad personal, concepto arcaico de la antigua Polonia comunista.
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El concepto de la dignidad humana, consagrado en el artículo 30 de la Constitución polaca de 1997, es la base de su sistema jurídico en tanto es fuente de derechos y obligaciones del hombre y del ciudadano. Sin embargo, esta concepción influenciada en gran parte por la Constitución de la República Federal Alemana, no es recogida por la legislación nacional polaca, ni por las resoluciones de los Tribunales polacos, pues siguen resolviendo los asuntos con base en la dignidad personal, concepto arcaico de la antigua Polonia comunista.

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