El Estado social en la formación constitucional mexicana / Jesús Boanerges Guinto López
In: Altamirano. Revista del H. Congreso del Estado de Guerrero 3, 14 (feb-mar. 2000), 19-35Summary: Existen conceptos importantes, a saber: Estado de derecho, Estado liberal burgués de derecho y Estado social de derecho. Todo Estado, por su origen, significado, organización política y estructura jurídica, es en principio; en su nacimiento, un verdadero Estado de derecho, pues atendiendo al postulado clásico Ubisocietas Ubi jus, toda sociedad existe en razón de un marco jurídico-constitucional cualquiera que éste sea, aunque de conformidad con el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de agosto de 1789, una nación tiene Constitución política siempre y cuando la garantía de los derechos del hombre estén asegurados y la división de poderes determinada.Existen conceptos importantes, a saber: Estado de derecho, Estado liberal burgués de derecho y Estado social de derecho. Todo Estado, por su origen, significado, organización política y estructura jurídica, es en principio; en su nacimiento, un verdadero Estado de derecho, pues atendiendo al postulado clásico Ubisocietas Ubi jus, toda sociedad existe en razón de un marco jurídico-constitucional cualquiera que éste sea, aunque de conformidad con el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de agosto de 1789, una nación tiene Constitución política siempre y cuando la garantía de los derechos del hombre estén asegurados y la división de poderes determinada.
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