Teoría, !para que? / Carlos Pereyra
In: Sociológica 2, 3 (invierno. 1986-1987), 51-61Summary: !Cual es el estatuto teórico de la empresa intelectual de Rawls? Tanto en sus textos como en la abundante literatura suscitada por su obra, hay evidente inestabilidad e incertidumbre respecto al campo problemático donde se ubica el discurso. En ocasiones, el tratamiento dado a la cuestión de la justicia como imparcialidad parece corresponder a preocupaciones reconocidas de modo habitual como pertenecientes a la filosofía o teoría moral y, de manera mas especifica, se las coloca en el ámbito de la ética normativa. Otras veces, sin embargo, todo ocurre como si estuviéramos ante una elaboración teórica inscrita en la orbita de la filosofía política. Al formular la pregunta anterior y observar la ambigüedad del discurso rawlsiano, no se pretende, por supuesto, atender a un afán clasificatorio orientado a encasillar el trabajo intelectual en compartimientos estancos. De lo que se trata, en cambio, es de acotar el sentido de esa propuesta teórica para determinar mejor la forma en que puede ser acogida. En efecto, unas serán las lecturas posibles si se ubica en el nivel de la ética normativa y otras, muy distintas, si se trata de filosofía política. La diferencia es tanto mas significativa si se rechaza, no obstante la opinión de algunos, la tesis de que "la filosofía política es una disciplina normativa".!Cual es el estatuto teórico de la empresa intelectual de Rawls? Tanto en sus textos como en la abundante literatura suscitada por su obra, hay evidente inestabilidad e incertidumbre respecto al campo problemático donde se ubica el discurso. En ocasiones, el tratamiento dado a la cuestión de la justicia como imparcialidad parece corresponder a preocupaciones reconocidas de modo habitual como pertenecientes a la filosofía o teoría moral y, de manera mas especifica, se las coloca en el ámbito de la ética normativa. Otras veces, sin embargo, todo ocurre como si estuviéramos ante una elaboración teórica inscrita en la orbita de la filosofía política. Al formular la pregunta anterior y observar la ambigüedad del discurso rawlsiano, no se pretende, por supuesto, atender a un afán clasificatorio orientado a encasillar el trabajo intelectual en compartimientos estancos. De lo que se trata, en cambio, es de acotar el sentido de esa propuesta teórica para determinar mejor la forma en que puede ser acogida. En efecto, unas serán las lecturas posibles si se ubica en el nivel de la ética normativa y otras, muy distintas, si se trata de filosofía política. La diferencia es tanto mas significativa si se rechaza, no obstante la opinión de algunos, la tesis de que "la filosofía política es una disciplina normativa".
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