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La reparación del daño en el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos : primera parte

By: Summary: La Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce como principio de derecho internacional que toda violación de una obligación internacional que haya producido un daño comporta el deber de repararlo adecuadamente. La obligación de reparar que se regula -en todos los aspectos: alcance, naturaleza, modalidades y determinación de los beneficiarios por el derecho internacional, no puede ser modificada o incumplida por el Estado obligado, invocando para ello disposiciones de su derecho interno.
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce como principio de derecho internacional que toda violación de una obligación internacional que haya producido un daño comporta el deber de repararlo adecuadamente. La obligación de reparar que se regula -en todos los aspectos: alcance, naturaleza, modalidades y determinación de los beneficiarios por el derecho internacional, no puede ser modificada o incumplida por el Estado obligado, invocando para ello disposiciones de su derecho interno.

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