México frente a la jurisdicción universal : retos y compromisos / Ximena Medellín Urquiaga, María José Veramendi Villa
In: Bien común 9, 105 (sep. 2003), 81-87Summary: Los primeros avances de consideración en relación con la jurisdicción universal se dieron al finalizar la Segunda Guerra Mundial, con la relimitación del contenido básico de la noción de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. En 1945, conforme a la Ley Numero 10 del Consejo del Control Aliado, los tribunales de los países aliados enjuiciaron en nombre de la comunidad internacional a los responsables de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos durante dicha guerra, independientemente de que se hubieran perpetrado fuera de su jurisdicción y contra personas que no eran nacionales de aquellos países, ni residentes en sus territorios. Posteriormente, y con la evolución del derecho internacional de la protección a la persona humana, el principio de jurisdicción universal se atribuyo a otros crímenes, a través de distintas convenciones que prohíben ciertas conductas o imponen el deber de adoptar medidas para su prevención.Los primeros avances de consideración en relación con la jurisdicción universal se dieron al finalizar la Segunda Guerra Mundial, con la relimitación del contenido básico de la noción de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. En 1945, conforme a la Ley Numero 10 del Consejo del Control Aliado, los tribunales de los países aliados enjuiciaron en nombre de la comunidad internacional a los responsables de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos durante dicha guerra, independientemente de que se hubieran perpetrado fuera de su jurisdicción y contra personas que no eran nacionales de aquellos países, ni residentes en sus territorios. Posteriormente, y con la evolución del derecho internacional de la protección a la persona humana, el principio de jurisdicción universal se atribuyo a otros crímenes, a través de distintas convenciones que prohíben ciertas conductas o imponen el deber de adoptar medidas para su prevención.
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