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La clùsula de entera fe y crédito / Laura Trigueros

By: In: Alegatos 3 (may-ago. 1986), 55-59Summary: En los sistemas federales, como en todos los sistemas jurídicos complejos, los conflictos de leyes interestatales están necesariamente inscritos en un contexto constitucional. Su naturaleza no varia en relación con los conflictos propiamente internacionales; su solución se basa en la aplicación de los mismos principios y de las mismas reglas técnicas. Pero la coexistencia de varios sistemas jurídicos en un ámbito nacional, supone la existencia de una normativa especial que permita facilitar el trafico jurídico, mediante la cooperación entre organismos y autoridades; de otra manera el sistema complejo no podría funcionar como tal.
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En los sistemas federales, como en todos los sistemas jurídicos complejos, los conflictos de leyes interestatales están necesariamente inscritos en un contexto constitucional. Su naturaleza no varia en relación con los conflictos propiamente internacionales; su solución se basa en la aplicación de los mismos principios y de las mismas reglas técnicas. Pero la coexistencia de varios sistemas jurídicos en un ámbito nacional, supone la existencia de una normativa especial que permita facilitar el trafico jurídico, mediante la cooperación entre organismos y autoridades; de otra manera el sistema complejo no podría funcionar como tal.

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