Comentario a la iniciativa de reforma constitucional en materia penal del 29 de marzo de 2004 / Sergio García Ramírez
In: Boletín mexicano de derecho comparado 37, 111 (sep-dic. 2004), 1085-1150Summary: Este comentario se limita al proyecto de reforma constitucional, en la inteligencia de que una vez aprobado, de ser el caso -con o sin modificaciones introducidas en el curso del trabajo parlamentario-, será el sustento de los restantes cambios en el orden jurídico nacional sobre procuración y administración de justicia. Conviene, pues, concentrar el examen en las disposiciones constitucionales, analizando lo que éstas implican con respecto a las normas vigentes y lo que pudieran significar, conforme a una proyección razonablemente fundada, para la justicia penal del futuro. Sobra decir que el sistema penal es la manifestación más delicada y elocuente del encuentro entre el poder público y los ciudadanos: sea para preservar, sea para afectar los bienes fundamentales de aquéllos. De ahí la relevancia de dicho sistema desde la perspectiva de la tutela de los derechos humanos y, no menos, de la preservación, defensa y desarrollo de la democracia.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 323411 |
Este comentario se limita al proyecto de reforma constitucional, en la inteligencia de que una vez aprobado, de ser el caso -con o sin modificaciones introducidas en el curso del trabajo parlamentario-, será el sustento de los restantes cambios en el orden jurídico nacional sobre procuración y administración de justicia. Conviene, pues, concentrar el examen en las disposiciones constitucionales, analizando lo que éstas implican con respecto a las normas vigentes y lo que pudieran significar, conforme a una proyección razonablemente fundada, para la justicia penal del futuro. Sobra decir que el sistema penal es la manifestación más delicada y elocuente del encuentro entre el poder público y los ciudadanos: sea para preservar, sea para afectar los bienes fundamentales de aquéllos. De ahí la relevancia de dicho sistema desde la perspectiva de la tutela de los derechos humanos y, no menos, de la preservación, defensa y desarrollo de la democracia.
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