De la eficacia de los derechos reales de garantía en juicio ejecutivo mercantil
Material type: Article In: Iurídica 1, 1 (dic. 1999), 78-102Summary: Con regular frecuencia las instituciones de crédito acuden al juicio ejecutivo mercantil para el cobro de las cantidades que se les adeudan, de los contratos de apertura de crédito con garantía real que celebran, en el que se embargan, por lo general, los mismos bienes sobre los que se constituyó la citada garantía real. La hipótesis que intentaremos justificar a lo largo de nuestro estudio será, que los derechos que ejercita el acreedor en el juicio ejecutivo mercantil en los mismos bienes sobre los que tiene un derecho real de garantía, no derivan del embargo en sí, sino del propio derecho real, por lo que éste es plenamente eficaz en esos casos. Ello significa que los derechos que otorgan los expresados derechos reales pueden ejercerse en un juicio de esa naturaleza.Con regular frecuencia las instituciones de crédito acuden al juicio ejecutivo mercantil para el cobro de las cantidades que se les adeudan, de los contratos de apertura de crédito con garantía real que celebran, en el que se embargan, por lo general, los mismos bienes sobre los que se constituyó la citada garantía real. La hipótesis que intentaremos justificar a lo largo de nuestro estudio será, que los derechos que ejercita el acreedor en el juicio ejecutivo mercantil en los mismos bienes sobre los que tiene un derecho real de garantía, no derivan del embargo en sí, sino del propio derecho real, por lo que éste es plenamente eficaz en esos casos. Ello significa que los derechos que otorgan los expresados derechos reales pueden ejercerse en un juicio de esa naturaleza.
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