La transformación del sistema procesal penal
Material type: Article In: Criminalia 66, 3 (sep-dic. 2000), 3-6Summary: ¿Cómo ha de informarse el proceso? es el tema que me toca desarrollar. Nosotros tenemos, desde el Código Penal de Napoleón de 1808, una tradición profundamente enraizada en un sistema denominado mixto, que tiene una primera parte francamente inquisitiva y una segunda parte tendencialmente acusatoria; sin embargo, esta segunda parte, la que tiene lugar ante el juez, constituye una parodia, una mera repetición de la parte inquisitiva, la parte inqusitiva es determinante, y de esta forma, ya lo ha dicho Carlos Ríos, también el sistema judicial se convierte en una avalista de la actuación del Ministerio Público.¿Cómo ha de informarse el proceso? es el tema que me toca desarrollar. Nosotros tenemos, desde el Código Penal de Napoleón de 1808, una tradición profundamente enraizada en un sistema denominado mixto, que tiene una primera parte francamente inquisitiva y una segunda parte tendencialmente acusatoria; sin embargo, esta segunda parte, la que tiene lugar ante el juez, constituye una parodia, una mera repetición de la parte inquisitiva, la parte inqusitiva es determinante, y de esta forma, ya lo ha dicho Carlos Ríos, también el sistema judicial se convierte en una avalista de la actuación del Ministerio Público.
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