DF gastos de campaña
Material type: Article In: Voz y voto. Política elecciones 76 (jun. 1999), 48-49Summary: Sin duda alguna, uno de los temas de mayor actualidad es el relativo a los gastos de las campañas electorales. Hasta ahora, la legislación federal no sanciona la violación a los topes establecidos por la autoridad electoral con la nulidad de la elección en que tales gastos se hubieran realizado. Caso distinto, y de ahí su importancia e interés, es el previsto en el Código Electoral del Distrito Federal, el cual establece la nulidad de la elección cuando el partido político triunfador rebasa el tope fijado para los gastos electorales; aun más, la norma local preve una sanción mucho más severa, dado que, además de declarar la nulidad, inhabilita al partido y a su candidato para contender en la elección extraordinaria que llegue a celebrarse.Derecho y política
Sin duda alguna, uno de los temas de mayor actualidad es el relativo a los gastos de las campañas electorales. Hasta ahora, la legislación federal no sanciona la violación a los topes establecidos por la autoridad electoral con la nulidad de la elección en que tales gastos se hubieran realizado. Caso distinto, y de ahí su importancia e interés, es el previsto en el Código Electoral del Distrito Federal, el cual establece la nulidad de la elección cuando el partido político triunfador rebasa el tope fijado para los gastos electorales; aun más, la norma local preve una sanción mucho más severa, dado que, además de declarar la nulidad, inhabilita al partido y a su candidato para contender en la elección extraordinaria que llegue a celebrarse.
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