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El sistema de justicia como razón del Estado

By: Material type: ArticleArticle In: Criminalia 65, 2 (may-ago. 1999), 88-100Summary: En los últimos años, los políticos prácticos, sobre todo durante los periodos de campaña electoral han señalado enfáticamente la existencia de una crisis de las funciones de certeza y seguridad del derecho y por tanto del respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CP), así como en la organización y el funcionamiento de las instituciones de procuración y administración de justicia. Tesis, opiniones y juicios que se presentan con distintos matices y planteamientos teóricos, haciendo en algunos casos referencia a las reformas constitucionales en términos muy semejantes a las expresadas en la exposición de motivos del Presidente de la República de los Estados Unidos Mexicanos a la iniciativa de reformas constitucionales que en uso de sus facultades (CP, artículo 71, fracción I) envió al Congreso de la Unión, y que una vez realizado el proceso legislativo del Constituyente Permanente se integraron en la Carta Magna y fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de dic. de 1994.
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En los últimos años, los políticos prácticos, sobre todo durante los periodos de campaña electoral han señalado enfáticamente la existencia de una crisis de las funciones de certeza y seguridad del derecho y por tanto del respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CP), así como en la organización y el funcionamiento de las instituciones de procuración y administración de justicia. Tesis, opiniones y juicios que se presentan con distintos matices y planteamientos teóricos, haciendo en algunos casos referencia a las reformas constitucionales en términos muy semejantes a las expresadas en la exposición de motivos del Presidente de la República de los Estados Unidos Mexicanos a la iniciativa de reformas constitucionales que en uso de sus facultades (CP, artículo 71, fracción I) envió al Congreso de la Unión, y que una vez realizado el proceso legislativo del Constituyente Permanente se integraron en la Carta Magna y fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de dic. de 1994.

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