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Modelo a prueba

By: Material type: ArticleArticle In: Voz y voto. Política elecciones 43 (sept. 1996), 49-51Summary: El artículo 122 constitucional estipula ahora que el gobierno del DF estará a cargo de los Poderes Federales, así como del Ejecutivo, Legislativo y Judicial de carácter local, lo cual implica delimitar con precisión las competencias de cada uno de ellos, con el fin de evitar tensiones que vayan en detrimento de la capacidad para gobernar no sólo la megalópolis, sino el país en su conjunto. Desde esta perspectiva, las novedades de la reforma política pueden analizarse desde dos grandes objetivos orientados a garantizar el ejercicio de los poderes federales en el marco de la democratización del DF: 1) autonomía limitada de las autoridades locales, y 2) extensión de los derechos políticos en forma escalonada.
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El artículo 122 constitucional estipula ahora que el gobierno del DF estará a cargo de los Poderes Federales, así como del Ejecutivo, Legislativo y Judicial de carácter local, lo cual implica delimitar con precisión las competencias de cada uno de ellos, con el fin de evitar tensiones que vayan en detrimento de la capacidad para gobernar no sólo la megalópolis, sino el país en su conjunto. Desde esta perspectiva, las novedades de la reforma política pueden analizarse desde dos grandes objetivos orientados a garantizar el ejercicio de los poderes federales en el marco de la democratización del DF: 1) autonomía limitada de las autoridades locales, y 2) extensión de los derechos políticos en forma escalonada.

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