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Autonomía de los órganos electorales / María del Pilar Hernández

By: In: Reforma judicial 1 (ene-jun. 2003), 79-90Summary: Por lo anterior, decidimos realizar un análisis acerca de la autonomía de los órganos electorales en nuestro país, haciendo especial mención en el caso del Tribunal Electoral del Distrito Federal. Para los efectos anteriores, este trabajo se divide en seis apartados fundamentales. En el primero se vierten las presentes consideraciones generales. El segundo se enfoca al estudio del surgimiento y las características de los órganos constitucionales autónomos. En el tercero nos ocupamos del análisis de las manifestaciones de la autonomía. En el cuarto se presenta una somera justificación del surgimiento de los órganos electorales en México. El quinto se dedica al Tribunal Electoral del Distrito Federal como órgano autónomo y máxima autoridad jurisdiccional electoral en la entidad y, finalmente, en el apartado sexto se presentan las propuestas de reforma constitucional que consideramos necesarias para una verdadera consolidación de la autonomía de los órganos jurisdiccionales locales.
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Revistas Biblioteca Legislativa Hemeroteca ANA(168598.1 1 Available 293050

Por lo anterior, decidimos realizar un análisis acerca de la autonomía de los órganos electorales en nuestro país, haciendo especial mención en el caso del Tribunal Electoral del Distrito Federal. Para los efectos anteriores, este trabajo se divide en seis apartados fundamentales. En el primero se vierten las presentes consideraciones generales. El segundo se enfoca al estudio del surgimiento y las características de los órganos constitucionales autónomos. En el tercero nos ocupamos del análisis de las manifestaciones de la autonomía. En el cuarto se presenta una somera justificación del surgimiento de los órganos electorales en México. El quinto se dedica al Tribunal Electoral del Distrito Federal como órgano autónomo y máxima autoridad jurisdiccional electoral en la entidad y, finalmente, en el apartado sexto se presentan las propuestas de reforma constitucional que consideramos necesarias para una verdadera consolidación de la autonomía de los órganos jurisdiccionales locales.

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