Hacia un régimen uniforme de garantías reales en los países del TLC
Material type: ArticleSummary: Al igual que los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos y el Canadá adoptaron una forma de estado federal. A diferencia de la federación mexicana, el modelo estadounidense y canadiense otorga autonomía a cada estado y provincia para legislar en materia comercial. En este sentido, la necesidad de uniformar el derecho comercial de las garantías reales presentaba una urgencia que no se presenta en aquellas federaciones, como la mexicana, en la cual el derecho comercial es de fuente nacional. Sin embargo, la imperiosa necesidad por unificar o armonizar el derecho comercial brindó la oportunidad de simplificarlo y ponerlo a tono con las necesidades financieras de dos países en alto grado de industrialización.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Copy number | Status | Date due | Barcode |
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Revistas | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | XX(135658.1 | 1 | Available | 294554 |
Al igual que los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos y el Canadá adoptaron una forma de estado federal. A diferencia de la federación mexicana, el modelo estadounidense y canadiense otorga autonomía a cada estado y provincia para legislar en materia comercial. En este sentido, la necesidad de uniformar el derecho comercial de las garantías reales presentaba una urgencia que no se presenta en aquellas federaciones, como la mexicana, en la cual el derecho comercial es de fuente nacional. Sin embargo, la imperiosa necesidad por unificar o armonizar el derecho comercial brindó la oportunidad de simplificarlo y ponerlo a tono con las necesidades financieras de dos países en alto grado de industrialización.
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