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Tratamiento Fiscal de las Horas Extras. Aplicando la UMA

Cisneros Hernández, Iván

Tratamiento Fiscal de las Horas Extras. Aplicando la UMA

Aspectos generales de las horas extras. Hay dos motivos, con formas de pago distintas, por los cuales se puede alargar una jornada de trabajo: Uno. En caso de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros, del patrón, o la existencia misma de la empresa. Se prolongara la jornada laboral por el tiempo indispensable para evitar esos males. En este caso, la retribución se hará con una cantidad igual a la correspondiente por cada hora de la jornada laboral normal. Es decir, si la jornada de trabajo se prolongó por alguna de estas causas, el tiempo extra se pagara como tiempo normal de la jornada de trabajo, no al doble, como en el siguiente caso. Dos. Por circunstancias extraordinarias. Sin exceder tres horas diarias, ni tres veces en una semana, es decir, máximo nueve horas a la semana. En este caso, las horas extras se deberán pagar cien por ciento más, en relación al salario que corresponde a la jornada laboral normal, es decir, al doble. En caso de exceder este límite, el pago será de doscientos por ciento más, esto es, al triple.





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