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Leyes secundarias de la Reforma Energética, un modelo de vanguardia

Leyes secundarias de la Reforma Energética, un modelo de vanguardia

Tras las modificaciones de los artículos veinticinco, veintisiete y veintiocho de la Constitución en el marco de la reforma energética, se estableció un lapso en el cual el Congreso de la Unión debía adecuar el marco jurídico en la materia. En este sentido, la Cámara de Diputados aprobó en sesión extraordinaria, del veintiocho de julio al dos de agosto, cuatro decretos provenientes de la Cámara de Senadores en los que se expidieron siete leyes y se reformaron ocho legislaciones vigentes. Las legislaciones nuevas son las de la Industria Eléctrica, de la Industria Geotérmica, de la Comisión Federal de Electricidad, de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección del Medio Ambiente. La Ley de Hidrocarburos y la Ley de Petróleos Mexicanos fueron ampliadas para otorgar otras facultades a algunos organismos públicos como la Secretaría de Energía. Con esto se cambió la estructura, el régimen y el marco jurídico tanto de Pemex como de la CFE y se crearon el Centro Nacional de Control del Gas Natural, CNCGN, y el Centro Nacional de Control de Energía, Cenace.





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