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Flagrancia equiparada

Rojas Álvarez, Edgar

Flagrancia equiparada

Se entiende por flagrante lo que flagra o resplandece como la llama o flama, que se está ejecutando actualmente, que ocurre o se realiza en el momento presente, es el mismo momento en que se está cometiendo un delito, es aquello que es evidente, completamente cierto, tan claro y manifiesto que resulta indudable o innegable… La flagrancia equiparada, mutación jurídica de la flagrancia, se entiende como la detención de una persona al estar cometiendo un delito posterior a él, para lo cual se advierten entre otros elementos: que no haya transcurrido un plazo de cuarenta y ocho horas desde que haya sucedido el acto delictivo, se trate de un delito grave, se haya iniciado la averiguación previa correspondiente y otros elementos más que no están contemplados en nuestra constitución.





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