Alimentos se establecen con las percepciones salariales, tanto ordinarias como extraordinarias del deudor alimentista, con excepción de los viáticos y gastos de representación
Alimentos se establecen con las percepciones salariales, tanto ordinarias como extraordinarias del deudor alimentista, con excepción de los viáticos y gastos de representación
Suprema Corte de Justicia de la Nación
- México Suprema Corte de Justicia de la Nación, Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas 2006
- 60 p.
- Serie Decisiones Relevantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ; 17 .
970-712-705-8
PENSIÓN ALIMENTICIA--MÉXICO
OBLIGACIONES (DERECHO)
346.2 M611a
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