Legitimidad electoral y derecho penal
Quiñones Tinoco, Carlos Sergio
Legitimidad electoral y derecho penal
De acuerdo con el principio de la soberanía popular establecido en el artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta soberanía es la única fuente legítima de todo poder público y de toda autoridad política que es representante del pueblo. La elección y renovación de los representantes y gobernantes sólo es posible con la participación ciudadana. La función electoral y los procesos electorales, necesarios para la elección de los gobernantes, serán legítimos cuando en su desarrollo se ajusten a los principios de constitucionalidad y legalidad, principios que en nuestro sistema jurídico están garantizados con la prevención o con la restitución de los actos que los vulneren.
Legitimidad electoral y derecho penal
De acuerdo con el principio de la soberanía popular establecido en el artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta soberanía es la única fuente legítima de todo poder público y de toda autoridad política que es representante del pueblo. La elección y renovación de los representantes y gobernantes sólo es posible con la participación ciudadana. La función electoral y los procesos electorales, necesarios para la elección de los gobernantes, serán legítimos cuando en su desarrollo se ajusten a los principios de constitucionalidad y legalidad, principios que en nuestro sistema jurídico están garantizados con la prevención o con la restitución de los actos que los vulneren.