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¿Qué tanto es tantito? / Marta Lamas

By: Summary: Mucho se ha escrito sobre la lamentable resolución de seis ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, en relación al caso de Lydia Cacho, recomiendo el artículo de Denise Dresser en Reforma del tres de diciembre. El repudio general al fallo me ha hecho recordar un señalamiento de Paolo Flores D’Arcais sobre el delicado problema de que la ley sea siempre e inevitablemente sólo interpretación. Este filósofo italiano afirma que el juez hace la ley, en lugar de obedecer a ella, nos guste o no. Por lo tanto, considera que la legalidad sería sólo el nombre del mutable lugar geométrico de todas las sentencias efectivamente pronunciadas. Desde su perspectiva, la legalidad no es lo que está escrito en los códigos, sino el conjunto de las penas efectivamente expiadas. Flores D’Arcais dice que sólo se considera ilegal lo que verdaderamente es sancionado, y pone un ejemplo que nos viene a cuento: de una persecución o de una impunidad jamás podremos decir, a menos que sus autores sean a su vez realmente sancionados, que son jurídicamente injustas. Vista desde esa perspectiva, la resolución por mayoría de la SCJN ha confirmado la legalidad de la violación, aunque sólo tantito, a las garantías individuales de una ciudadana por parte de un gobernador.
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Analítica Biblioteca Legislativa Hemeroteca Available 324724

Mucho se ha escrito sobre la lamentable resolución de seis ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, en relación al caso de Lydia Cacho, recomiendo el artículo de Denise Dresser en Reforma del tres de diciembre. El repudio general al fallo me ha hecho recordar un señalamiento de Paolo Flores D’Arcais sobre el delicado problema de que la ley sea siempre e inevitablemente sólo interpretación. Este filósofo italiano afirma que el juez hace la ley, en lugar de obedecer a ella, nos guste o no. Por lo tanto, considera que la legalidad sería sólo el nombre del mutable lugar geométrico de todas las sentencias efectivamente pronunciadas. Desde su perspectiva, la legalidad no es lo que está escrito en los códigos, sino el conjunto de las penas efectivamente expiadas. Flores D’Arcais dice que sólo se considera ilegal lo que verdaderamente es sancionado, y pone un ejemplo que nos viene a cuento: de una persecución o de una impunidad jamás podremos decir, a menos que sus autores sean a su vez realmente sancionados, que son jurídicamente injustas. Vista desde esa perspectiva, la resolución por mayoría de la SCJN ha confirmado la legalidad de la violación, aunque sólo tantito, a las garantías individuales de una ciudadana por parte de un gobernador.

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